Multas de Veri*Factu: 50.000 € por usar un sistema que no cumple
Las cifras que circulan sobre las multas de Veri*Factu se mezclan y se exageran. Están en un solo artículo de la Ley General Tributaria, el 201 bis, y distinguen dos cosas distintas: fabricar un sistema que no cumple, y tenerlo.
Dos infracciones distintas
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, añadido por la ley antifraude, tipifica dos conductas como infracciones graves:
- Fabricar, producir o comercializar sistemas informáticos que permitan llevar contabilidades distintas, no anotar ventas, alterar registros o que no cumplan las especificaciones técnicas exigidas. Es la infracción del desarrollador.
- La tenencia de esos sistemas: usarlos en tu negocio. Es la infracción del comercio.
Los importes, según la ley
| Conducta | Multa |
|---|---|
| Fabricar, producir o comercializar un sistema que no cumple | 150.000 € por ejercicio y por cada tipo de sistema |
| Comercializar sistemas sin la certificación exigida | 1.000 € por cada sistema |
| Tener (usar) un sistema que no cumple | 50.000 € por cada ejercicio |
Son cantidades fijas: no dependen de tu facturación ni del número de facturas. Y se cuentan por ejercicio, así que un retraso que cruce el cambio de año puede contar dos veces.
Desde cuándo se puede sancionar
Desde la fecha que te corresponde: el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos incluidos. Antes de esas fechas no hay obligación de tener el sistema adaptado, aunque sí puedes usarlo voluntariamente.
Dónde está el riesgo de una tienda online
- Seguir entregando como «factura» un documento de pedido que no se registra en la AEAT ni lleva QR.
- Facturar con una herramienta que permite borrar o modificar una factura ya emitida sin dejar rastro.
- Numerar por fecha de cobro o por canal y dejar huecos en la serie.
- Tener dos sistemas a la vez —por ejemplo la tienda y un programa de escritorio— compartiendo la misma serie.
Cómo quedarte tranquilo
- Usa un sistema cuyo productor tenga publicada su declaración responsable.
- Comprueba que tus facturas llevan el código QR y la leyenda de verificación.
- Prueba antes de tu fecha, en modo de pruebas, y revisa tus datos fiscales.
- Guarda cada trimestre el libro registro de facturas emitidas y pásaselo a tu asesoría.
Esta guía resume la norma, no es asesoramiento fiscal. Para tu caso concreto, habla con tu asesoría.
Preguntas frecuentes
¿La multa es por cada factura mal emitida?
No. El artículo 201 bis sanciona el sistema, no la factura: 50.000 € por cada ejercicio en el que se tenga un sistema que no cumple. Emitir mal o no emitir facturas tiene sus propias infracciones, en el artículo 201.
Si el programa es de otra empresa, ¿respondo yo?
Son dos infracciones separadas. Al fabricante le corresponde la de producir o comercializar el sistema; a ti, la de tenerlo. Que el proveedor sea sancionado no te exime.
¿Cómo sé que mi sistema cumple?
El productor debe tener una declaración responsable que lo afirme, y tus facturas deben llevar el código QR y, en modo Veri*Factu, la leyenda correspondiente.
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Esta guía es información general, revisada con las fuentes oficiales citadas. No sustituye el consejo de tu asesor fiscal para tu caso concreto.